miércoles, 12 de noviembre de 2014

clase 13 de septiembre

En esta clase se trato de la NIA 560 “Hechos Posteriores”, en la cual trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre en una auditoria de estados financieros. Y que uno de sus objetivos en obtener evidencia suficiente y adecuada sobre los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de la auditoria, en estos pueden requerir de un ajuste en dichos estados financieros por algún cambio posterior al cierre cuando tiene influencia material en los estados financieros. Para poder comprender un poco más sobre los hechos posteriores nos encontramos con algunas definiciones, que nos ayudan las cuales son: FECHA DE LOS E.F., es la fecha del cierre del último periodo por los estados financieros. FECHA DE APROBACION, es cuando ya están preparados todos los documentos que apoyan y comprenden en los estados financieros, y juntamente a esto es cuando una persona reconocida asume su responsabilidad de lo escrito en los estados financieros. FECHA DEL INFORME, es la fecha puesta por el auditor al informe en los estados financieros. FECHA DE PUBLICACION, es cuando son expuestos los estados financieros a terceros. Así mismo se trato la introducción de lo que es la NIA 570” Empresa en funcionamiento o negocio en marcha”, esta NIA trata de la responsabilidad que tiene el auditor, sobre los estados financieros en cuanto a la relación con la dirección en la hipostasis que plantea en parte con las empresas en funcionamiento para la preparación de los estados financieros. También tiene la responsabilidad de determinar si existen algunas incertidumbres materiales con respecto a la capacidad de la entidad para continuar como empre en funcionamiento. El objetivo de esta NIA es la obtención de evidencia de auditoría suficiente sobre la adecuación de la información obtenida por la dirección de la hipótesis en empresas en funcionamiento. Y sobre la determinación sobre la base de la evidencia de auditoría de la existencia de incertidumbre en relación a hechos de materialidad en los estados financieros.

clase 8 de noviembre

En esta clase, se expuso la NIA 706 “PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE“, trata de la información o comunicación adicional en el informe de auditoría que el auditor proporcionara para llamar la atención a los usuarios en cuanto ya sea por alguna situación referente a los Estados Financieros en esta situación hace la referencia alguna nota de los Estados Financieros,  y hace un párrafo de otras cuestiones, cuando es por algunas situaciones diferentes en relación con  los Estados Financieros.  Este párrafo se ubica después de colocar la opinión del auditor, luego sería el “párrafo de énfasis” si fuera el caso y luego el de “otras cuestiones”,  tales  párrafos no cambia la opinión del auditor.

Respecto a la NIA 800 “CONSIDERACIONES ESPECIALES – AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD CON UN MARCO DE INFORMACIÓN CON FINES ESPECÍFICOS”, el cual fue expuesto nos indica que qué esta NIA tiene consideraciones especificas las cuales son preparadas por un marco de referencia,  para guiar las especificaciones. El objetivo del auditor en esta NIA es tratar de llevar las consideraciones tales como la aceptación del cargo, la planificación y la realización de dicho cargo y hacer formar la opinión de los Estados Financieros. Para cumplir tales requerimientos nos apegamos al a NIA 210 la cual requiere que el auditor determine la aceptabilidad del marco de información financiera para llegar al finalidad para la cual se realizaron los estados financieros y las medidas que fueron tomadas para llegar al marco de información financiera aceptada.

clase 25 de octubre

En esta clase se trató de la NIA 705 “Opinión modificada en el informe por un auditor independiente”,  en esta NIA se establecen tres tipos de opinión modificada que son: opinión con salvedades, opinión desfavorable o adversa y opinión denegación o abstención de opinión.  La opinión del auditor dependerá de la naturaleza de los estados financieros si contienen incorrección material y del juicio del auditor sobre la generalización que puedan afectar a los estados financieros.  El principal objetivo de esta NIA es que el auditor de su opinión de una forma clara y adecuada sobre los estados financieros. Esto dependerá si el auditor contiene la suficiente base de evidencia de auditoria y de igual manera no podrá efectuar su opinión si no contiene con la base suficiente de la auditoria para corroborar que los estados financieros estén libres de incorrección material. Se dará una opinión modificada cuando el auditor tenga la evidencia de auditoria sobre los estados financieros en su conjunto o que no estén libres de incorrección material.
La opinión con salvedades es cuando tenido la suficiente evidencia de auditoria el auditor concluye que las incorrecciones materiales no son de forma generalizada por lo cual no tiene efectos en los estados financieros significativos, o cuando no puede obtener suficiente evidencia de auditoria.
La opinión desfavorable o adversa es cuando el auditor ha obtenido evidencia de auditoria suficiente y adecuada y que con ello concluye que las incorrecciones materiales si son generalizadas en los estados financieros por lo cual si tiene una grado de influencia en los estados financieros.
La opinión denegación o abstención de opinión es cuando no se puede obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada  para poder basar la opinión  del auditor y que pueda ser que las incorrecciones no detectadas si hubieran sido de madera generalizada.  Y cuando se abstiene de opinar es porque tiene una incertidumbre sobre la evidencia obtenida y no es posible formar una opinión clara sobre la evidencia obtenida de los estados financieros.

Cuando se expresa el dictamen debe de obtener los elementos básicos que da la NIA 700 y también incluirá un párrafo con el fundamento de la opinión modificada con los tipos de opinión, luego llevara el párrafo de opinión que llevara el “opinión con salvedades, desfavorable o denegación”, según corresponda. 

clase 11 de octubre

En esta clase se trató de la NIA 610 “Utilización del trabajo de los auditores internos”,  trata de la responsabilidad que tiene el auditor externo con respecto al trabajo de los auditores internos lo cual ayuda al auditor a determinar el informe del auditor.  Uno de los objetivos que tiene esta NIA es sobre la fusión que hace el auditor externo con los internos, en determinar si los trabajos recibidos sean relevantes a la auditoria.  También nos da a conocer algunas definiciones como lo es la fusión de auditoria interna; es la actividad de evaluación establecida a la entidad de servicio.  Para poder determinar si el trabajo de los auditores internos es adecuado debe de ser evaluado en su, objetividad a la fusión de la auditoria interna, la técnica utilizada por los mismos y si la comunicación es eficaz entre los auditores internos y el externo. Para poder tomar en cuenta un trabajo de auditor o auditores internos tienen una serie de evaluaciones, debe de tener una formación y técnicas adecuadas, si estos fueron revisados y supervisados los documentos. Y también se trató sobre la NIA 620 “Utilización del trabajo de un experto del auditor” esta NIA trata de la responsabilidad que tiene el auditor respecto del trabajo de una persona en un campo de especialización distinto a la contabilidad, cuando dicho trabajo se utiliza para facilitar la obtención de evidencia suficiente y adecuada de auditoria. Esto quiere decir que el auditor es el único responsable de la opinión de auditoria expresada y la utilización por el auditor del trabajo de un experto del auditor no reduce la responsabilidad del auditor.  Uno de los objetivos de esta NIA es poder determinar si se utiliza el trabajo de un experto o no. También nos dieron algunas definiciones como lo es un experto del auditor: persona especializada en un campo distinto a la contabilidad. Y la especialización que son cualificaciones, conocimientos y experiencia en un campo concreto.  El auditor deberá evaluar si el experto tiene la competencia, la capacidad y la objetividad necesaria para los fines de la auditoria.  Así como también el auditor acordara por escrito con el auditor el alcance, los objetivos del trabajo del experto, las funciones y responsabilidades tanto del auditor y el experto,  la extensa comunicación que deben mantener los dos. 

clase 20 de septiembre

En esta clase  se terminó de tratar la NIA 570 “Negocio en marcha”, donde el auditor tiene que tener suficiente evidencia de auditoria para determinar si la sociedad tiene la suficiente capacidad para continuar con el negocio, y así mismo si es capaz realizar sus activos y poder liquidar sus pasivos.  Y que el auditor pueda emitir su opinión favorable o negativa.  La siguiente NIA es 580 “Manifestaciones escritas o Representaciones de la administración “, esta NIA trata de proporcionar los lineamientos sobre el uso de las representaciones de administración con la evidencia de auditoria. Y tiene la responsabilidad el auditor en la auditoria de los estados financieros de, obtener manifestaciones escritas de la dirección y si puede de los responsables del gobierno de la entidad. Cuando la dirección no proporciona las manifestaciones escritas, el auditor debe de indagar los motivos y verificar la confiabilidad que la dirección proporciona a él auditor. Y si aún se reúsa a dar información el auditor se encontrara con limitaciones en el alcance de las evidencia de auditoria. Los objetivos de esta NIA es, fundamentar una evidencia de auditoria en los estados financieros para confirmar algo relevante proporcionado por la dirección de la sociedad o entidad. La evidencia obtenida de las manifestaciones escritas las obtiene de la dirección.El auditor solicitara manifestaciones escritas a los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros. En algunas manifestaciones escritas puede solo estar refiriéndose a una parte de los estados financieros no necesariamente a todo lo que contiene el los estados financieros. Una manifestación escrita no puede sustituir una evidencia de auditoria obtenida del auditor. Una representación de la administración debe, de tener la misma fecha del dictamen de la auditoria. 

clase 6 de septiembre

En esta clase se trató la NIA 550 “Partes Vinculadas”, son las relaciones entre partes vinculadas incluye las que se dan entre entidades cuando existen un control directo o indirecto entre las partes vinculas. Las transacciones entre partes relacionadas es toda transferencia de recursos, servicios entre partes vinculadas con independencia que se cubre. Los sujetos que se pueden vincular son una entidad y sus socios o participantes, una entidad y sus consejeros.
El alcance de esta NIA es la responsabilidad que tiene el auditor en las transacciones y transferencias en los estados financieros. Aplica procedimientos de auditoria para identificar los riesgos de incorrección material. Cuando el auditor no puede detectar una incorrección material es porque no conoce las transacciones con partes vinculadas. Y el objetivo de esta NIA es reconocer las transacciones, fraudes con partes vinculadas que sean relevantes para la valoración material debido a fraude y concluir con la evidencia de auditoria obtenida para poder hacer el informe de auditoría.

También vimos un video sobre la NIA 560 “Hechos Posteriores”, de esta logre entender que trata sobre la responsabilidad que tiene el auditor sobre los hechos posteriores al cierre de un estado financiero de una entidad,  donde se encuentra evidencia que existía en la fecha de los estados financieros como evidencia que se puede encontrar después de los estados financieros. El objetivo de esta NIA  es que el auditor obtenga evidencia de auditoria suficiente y adecuada a los hechos entre la fecha de los estados financieros y la fecha que se emite el informe por la auditoria.

clase 30 de agosto

En esta clase se trató la NIA 540 “Estimaciones Contables “, trata de la responsabilidad que tiene el auditor en relación con las estimaciones contables, del valor razonable y la información a revelar en los estados financieros para lo cual aplica estas otras NIAS también 315 y 330. El objetivo es obtener auditoria suficiente y adecuada en las estimaciones contables, que incluyen las estimaciones contables del valor razonable en las información revelada en los estados financieros. Algunas de las definiciones de esta NIA son: Estimación contable es una aproximación a un importe cuando no se tienen un término de cantidad precisos de medida. La estimación puntual o rango es una cantidad respectiva de evidencia obtenida para la evaluación de una estimación. La incertidumbre en la estimación es la información revelada relacionada a una falta inherente de precisión en su medida. El sesgo de la dirección  es la falta de neutralidad de dirección en la preparación de la información. Un desenlace de una estimación contable es el resultado final de las transacciones para ser basada la estimación contable.

Para realizar procedimientos de valoración del riesgo hacen la obtención de reconocimiento de la entidad y su entorno incluyendo el contorno interno, esto para hacer la identificación de incorrección material de las estimaciones contables. La manera en la dirección realiza las estimaciones contables es a través de  métodos para realizar la estimación contable, controles y la hipótesis en que se basan la estimación contable. Uno de los puntos importantes es que no se pueden cambiar las políticas contables año en año. Un cambio en las políticas contables es un cambio en principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar en los estados financieros, es un ajuste en libros de un activo o de un pasivo procedente de la evaluación de su situación actual. Los errores; son errores de periodos anteriores las omisiones o inexactitudes en los estados financieros de una entidad para uno o más periodos.